Nro | Pregunta | Respuesta |
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1 | [sobre la "legalidad de conjunto"] Queríamos saber si podías explayarte un poco mas sobre este tema, ya que la verdad no queda muy claro. |
En realidad no se trata de todo un tema, sino simplemente de un concepto general En principio con el término "Legalidad de conjunto" refiere a las leyes o reglas que cumplen todas las partes de un "conjunto" o "estructura". Son las leyes que subyacen a todo comportamiento de las partes. Por ejemplo, respecto del estadío operatorio concreto, la legalidad de conjunto está dada por el agrupamiento. Estas leyes no son ni más ni menos que las cinco que tienen enumeradas en el apunte de operaciones concretas. Esto quiere decir que cualquiera sea la operación concreta que se desee tomar, siempre se puede encontrar que los esquemas de acción que las conforman cumplen estas 5 leyes en su coordinación Si lo pensamos en el operatorio formal podríamos decir que el grupo es la forma que toman las operaciones. Es una estructura más compleja que el agrupamiento en la medida que se agrega como ley fundamental la asociatividad completa. Esto es la capacidad de establecer relaciones en todos los sentidos. El grupo y el reticulado entonces darían su legalidad propia a las operaciones formales. |
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